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El artículo 3 de la Ley de Control establece que los miembros del Yuan de Control podrán realizar visitas de inspección y supervisión. Esta labor de inspección y supervisión se divide en dos partes: organismos centrales y organismos locales. Las inspecciones de los organismos centrales serán realizadas por los respectivos comités, y el objeto de estas serán los organismos centrales relacionados con sus competencias. En cuanto a los organismos locales, se delimitarán zonas de responsabilidad de inspección según la división administrativa de las municipalidades de rango especial y de los condados (ciudades), y las inspecciones se llevarán a cabo por grupos. Las funciones de la inspección son las siguientes:

  1. El estado de ejecución de los planes gubernamentales y de los presupuestos de cada organismo.
  2. El estado de implementación de las órdenes gubernamentales de importancia.
  3. La existencia de posibles ilegalidades o incumplimiento de deberes por parte de los funcionarios públicos.
  4. El estado de ejecución de las medidas correctivas.
  5. Las condiciones de vida de la población y la situación social.
  6. La tramitación de los casos de quejas ciudadanas y otros asuntos relacionados.