El artículo 24 de la Ley de Control establece que el Yuan de Control, tras investigar las actuaciones y gestión del Yuan Ejecutivo y de sus diversos organismos dependientes, podrá presentar medidas correctivas, previa revisión y resolución de los comités competentes, remitiéndolas al Yuan Ejecutivo o a los ministerios y consejos correspondientes para instarles a realizar las mejoras necesarias.
De acuerdo con el artículo 25 de la citada ley y el artículo 20 de su Reglamento de Aplicación, tras recibir las medidas correctivas, el Yuan Ejecutivo o los ministerios y consejos correspondientes deberán realizar de inmediato las mejoras y disposiciones pertinentes, y responder por escrito al Yuan de Control. En caso de que transcurran más de dos meses sin que se haya informado por escrito al Yuan de Control sobre los hechos de dichas mejoras y disposiciones, el Yuan de Control podrá, mediante resolución del comité competente, solicitar explicaciones por escrito o notificar a los responsables para que comparezcan ante el Yuan de Control a fin de ser interrogados.